
De conformidad con lo dispuesto en la fracción IV del Artículo 41 de la Constitución Política local y en los Artículos 12 y 14 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, la Mesa Directiva de
la Diputación Permanente de la LXVI Legislatura coadyuvó en los trabajos de la Sesión Solemne para declarar formalmente instalado el nuevo Congreso, además de proveer lo necesario para que
las diputadas y los diputados elijan de entre sí, en escrutinio secreto y por mayoría de votos mediante cédulas, a las personas que integrarán la Mesa Directiva.
Tras la recepción de la documentación oficial relativa a las diputadas y los diputados electos, credenciales de identificación y lista completa de las y los integrantes del Congreso, se
procedió a la elección de la Mesa Directiva de la LXVII Legislatura, que dio como resultado que la diputada Tanya Carola Viveros Cházaro (Morena) ocupe la Presidencia; la legisladora Tania
María Cruz Mejía (PVEM), la Vicepresidencia, y el diputado Felipe Pineda Barradas (Morena), la Secretaría.
Una vez que las diputadas y el diputado ocuparon el lugar que les corresponde en la Mesa Directiva, a las 11:59 horas, la diputada Tanya Carola Viveros Cházaro, rindió la protesta de ley ante
el Pleno y, como lo dispone la normatividad constitucional, les tomó la misma a las demás diputadas y diputados.
Posteriormente, la legisladora concluyó la sesión solemne a las 12:03 horas y citó a la Primera Sesión Ordinaria de este órgano legislativo para el día miércoles 6 de noviembre del año en
curso a las 11:00 horas en el Recinto Oficial de Sesiones.
Funciones de la Mesa Directiva
La Mesa Directiva es el órgano encargado de conducir las sesiones del Congreso conforme a los principios de imparcialidad y objetividad. La integran una Presidencia, una Vicepresidencia y una
Secretaría, cuyos integrantes son elegidos democráticamente por la mayoría de las diputadas y los diputados.
Este órgano garantiza el adecuado desarrollo de los debates y las votaciones del Pleno, formula y cumple el Orden del Día de las sesiones, cuida que los dictámenes reúnan las normas
legislativas, determina las sanciones aplicables a las conductas que atenten contra la disciplina interna del Poder Legislativo y provee lo necesario para la constitución de los grupos
legislativos, entre otras funciones.